FUNCIONARIOS PUBLICOS. REDISTRIBUCION DE COMPETENCIAS




Promulgación: 10/01/1986
Publicación: 22/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 13

Artículo 2

   La Contaduría General de la Nación arbitrará las medidas pertinentes a
los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto
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