FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 44 LIMPIEZA DE ROPA. SUBGRUPO TINTORERIAS




Promulgación: 15/01/1987
Publicación: 17/03/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

 Establécese un incremento salarial del 17% sobre los salarios percibidos
al 30 de setiembre de 1986, para los trabajadores comprendidos en el
subgrupo Tintorerías, que no figuren en las categorías salarios superiores
a los mínimos establecidos para su categoría. 
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