Visto: el decreto 75/88 del Poder Ejecutivo de 26 de enero de 1988 que
permitió el ingreso de policías de cualquier estado civil a la Escuela
Nacional de Policía.
Resultando: que por el decreto anteriormente citado se permitió
durante el año lectivo 1988 la eliminación de la condicionante mencionada
en el literal C) del artículo 1º del decreto 639/71 de 5 de octubre de
1971 en la redacción dada por el decreto 16/86 de 21 de enero de 1986.
Considerando: la conveniencia de extender al año 1989 el régimen de
excepción previsto en el decreto mencionado.
Atento: a lo establecido por el artículo 168 inciso 4 de la
Constitución de la República y a lo previsto en el artículo 37 de la Ley
Orgánica Policial,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Extiéndase al año lectivo 1989, el régimen de excepción establecido
por el artículo 1 del decreto 75/988 del Poder Ejecutivo de fecha 26 de
enero de 1988.