EXCEPCION A LOS FUNCIONARIOS CON ALTA ESPECIALIZACION Y RESPONSABILIDAD DEL TOPE LIMITE DE RETRIBUCIONES. DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE ESTADO CIVIL




Promulgación: 14/01/2008
Publicación: 18/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 69

Artículo 2

 La Dirección General del Registro de Estado Civil determinará por
Resolución fundada los funcionarios que se encuentran incluidos en la
excepción.
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