Visto: estos antecedentes relativos a la modificación de la base de
cálculo del Impuesto de Patente de Rodados para el ejercicio 1978
proyectado por la Intendencia Municipal de San José.
Resultando: que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión ha
emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República su dictamen,
ambos favorables.
Considerando: I) Que el nuevo monto imponible para el cálculo de la
Patente de Rodados para el año 1978, serán los valores de aforo de las
Tablas del Banco de Seguros del Estado, vigentes al 31 de diciembre de
1977;
II) Que de aprobarse lo proyectado, se obtendría un incremento en los
ingresos municipales del orden de los N$ 328.553.03 (trescientos
veintiocho mil quinientos cincuenta y tres nuevos pesos con 3/100).
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión, Tribunal de Cuentas de la República en su dictamen y a lo
dispuesto por el artículo 5º, inciso c) del decreto constitucional 3/976,
de 1º de setiembre de 1976,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase la modificación de la base de cálculo del Impuesto de Patente
de Rodados para el Ejercicio 1978, del departamento de San José,
proyectada por la Intendencia del mencionado departamento.
Dicho impuesto tendrá como base imponible los valores de aforo
determinado por las tablas del Banco de Seguros del Estado, vigentes al 31
de diciembre de 1977.