SOCIEDADES COMERCIALES. RECALIFICACION DE ACTIVIDADES




Promulgación: 13/03/1998
Publicación: 29/04/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 446
  VISTO: Lo dispuesto por los Decretos Nº 205/997 de 12 de junio de 1997 y
Nº 301/997 20 de agosto de 1997.

  RESULTANDO: I) Que las mencionadas disposiciones establecen la
posibilidad a aquellos empleadores que posean actividades bonificadas
soliciten la recalificación de los mismos;

II) Que con fecha 13 de agosto de 1997 se presentó la firma RASNER HNOS
S.R.L., ante el Banco de Previsión Social, solicitando la recalificación
de sus servicios bonificados, en relación a la reparación de frenos
efectuada con asbesto.

  CONSIDERANDO: I) Que conforme a la resolución Nº 36-3/97 del Banco de
Previsión Social, el Grupo de Trabajo denominado Comisión de Servicios
Bonificados consagrada por la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24
de octubre de 1990, se le confirió el cometido de estudiar las solicitudes
de recalificación;

II) Que el citado Grupo de Trabajo, luego de haber visitado la empresa y
efectuado los estudios correspondientes, constató que solamente un
operario está expuesto el asbesto sin la protección necesaria; razón por
la cual recomendó mantener la bonificación en el Cómputo Jubilatorio para
dicho trabajador.

  ATENTO: A lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por los Arts. 36
y siguientes de la Ley Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1995,

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA:

Artículo 1

   Recalifícanse las actividades de los dos socios de la firma RASNER
HNOS. S.R.L., declarándose que las mismas no están comprendidas en la
bonificación establecida en el Decreto Nº 11/992 de 13 de enero de 1992.

Artículo 2

   Mantiénese la bonificación establecida en el Decreto Nº 11/992 de 13 de
enero de 1992 para el trabajador de la firma RASNER HNOS. S.R.L. que se
encuentra expuesto al asbesto por su tarea de reparación de frenos.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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