CARGOS Y CONTRATOS DE FUNCION PUBLICA DE LA ANP




Promulgación: 23/03/2004
Publicación: 29/03/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 553
                           
VISTO: que por Decreto Nº 3/994 de fecha 7 de enero de 1994 se aprobó la 
asignación de cargos presupuestales y funciones contratadas de los 
funcionarios de la Administración Nacional de Puertos.

RESULTANDO: I) Que la Gerencia General de dicha Administración y ante la 
gestión realizada por el funcionario de la misma, Sr. Angel Angel Caimi, 
resolvió propiciar ante el Poder Ejecutivo la transformación de 1 (un) 
cargo de Técnico I -Nivel 1- del Renglón 1311.1A - Personal Técnico 
Profesional A, en un cargo de Sub-Jefe de Sector -Nivel 4- del Renglón 
1311.3- Personal Administrativo, más una partida fija equivalente a la 
diferencia de sueldo entre dichos cargos, con lo cual no habría 
incremento del gasto.

II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al expedirse al respecto 
manifiesta: a) que la Sección Planificación Presupuestaria de la 
Administración Nacional de Puertos en informe de fecha 13 de agosto de 
2003, expresa que por aplicación del Artículo 8º del Decreto Nº 89/03 del 
28 de febrero de 2003 (Aprobatorio del Presupuesto 2002 de la 
Administración Nacional de Puertos que rige por prórroga automática), el 
Directorio puede efectuar transformaciones de cargos y funciones que no 
supongan incremento de gastos, dando cuenta a la Oficina de Planeamiento 
y Presupuesto, a los efectos de adecuar la estructura de cargos a las 
reales necesidades de la empresa. Asimismo, destaca que por la 
equivalencia en los precios de sueldo básico, el cargo de Técnico I 
-Nivel 1- del Renglón 1311.1A - Personal Técnico Profesional A, podría 
transformarse en un cargo de Sub-Jefe de Sector -Nivel 4- del Renglón 
1311.3 Personal Administrativo, más una partida fija equivalente a la 
diferencia de sueldo entre dichos cargos, con lo cual no habría 
incremento del gasto.
b) que por lo expuesto precedentemente, se sugiere aprobar la 
transformación del cargo solicitada, la que podrá ser puesta en práctica 
a partir de la fecha de vigencia del presente Decreto.

III) Que el Departamento Letrado del Ministerio de Transporte y Obras 
Públicas no opone reparos a la gestión de referencia.

ATENTO: a lo expuesto precedentemente.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Modifícase el Decreto Nº 3/994 de fecha 7 de enero de 1994, por el que 
se aprobó la asignación de cargos presupuestales y funciones contratadas 
de los funcionarios de la Administración Nacional de Puertos y ante la 
gestión formulada por el funcionario de la misma, Sr. Angel Caimi, 
estableciéndose que 1 (un) cargo de Técnico I -Nivel 1- del Renglón 
1311.1A- Personal Técnico Profesional A, debe entenderse transformado en 
1 (un) cargo de Sub-Jefe de Sector- Nivel 4- del Renglón 1311.3 Personal 
Administrativo, más una partida fija equivalente a la diferencia de 
sueldo entre dichos cargos, con lo cual no habría incremento del gasto.

Artículo 2

 Establécese que la transformación de dicho cargo se pondrá en práctica a 
partir de la fecha de vigencia del presente Decreto.

Artículo 3

 Vuelva a la Administración Nacional de Puertos a sus efectos.

BATLLE - LUCIO CACERES


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