Visto: que el Ministerio de Educación y Cultura solicita una partida de N$
6.140,00 (nuevos pesos seis mil ciento cuarenta) destinada a financiar
el aumento en el costo de equipos para la Dirección General del Registro
Civil.
Considerando: que se configuran las razones que justifican la afectación
al Fondo de acuerdo con lo establecido por los artículos 3º y 4º del
decreto 415/979 de 5 de julio de 1979.
Atento: a lo establecido por el mencionado decreto y al informe favorable
de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Aféctase el Fondo de Reserva dispuesto por el artículo 3º del decreto
415/979 de 5 de julio de 1979 en la cantidad de N$ 6.140,00 (nuevos pesos
seis mil ciento cuarenta) con destino al Proyecto 001 "Equipamiento
Registro de Estado Civil", Programa 2.03, Inciso 11 del Plan de
Inversiones Públicas - 1979 el que pasará a tener una asignación de N$
87.000,00 (nuevos pesos ochenta y siete mil).