MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DE FLORIDA. EJERCICIO 1981




Promulgación: 17/03/1982
Publicación: 16/04/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 659
Visto: la gestión de la Administración Municipal de Florida
(Intendencia Municipal y Junta de Vecinos) por la cual propone una
modificación presupuestal para el Ejercicio 1981.

Resultando: que esta modificación presupuestal cuenta con la
aprobación de la Secretaria de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el
acuerdo del Tribunal de Cuentas.

Considerando: que de no recaudarse la totalidad de los recursos
previstos, deberán abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio
presupuestal.

Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión y a lo acordado por el Tribunal de Cuentas,

                       El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase la Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1981 propuesta
por la Administración Municipal de Florida (Intendencia y Junta de
Vecinos) cuyos montos quedan fijados en N$ 65:924.000.00 (nuevos pesos
sesenta y cinco millones novecientos veinticuatro mil).

     Los mismos presentarán la siguiente composición: 



        I) EGRESOS (en miles de nuevos pesos)

                                                  Vigente   Proyectado
                                                       -         -
Retribuciones Personales.....................     18.529.1  23.500.0
Beneficios y Cargas Sociales.................      3.477.0   5.498.0

Subtotal.....................................     22.006.1  28.998.0

Gastos de Funcionamiento.....................      9.645.0  15.126.0
Gastos de Inversión..........................     23.242.0  21.380.0

Subtotal (Func. e Inv.)......................     32.887.0  36.506.0

Junta de Vecinos.............................        333.7     420.0

Total........................................     55.226.8  65.924.0

                    II) RECURSOS (en miles de nuevos pesos)

                         A) DE ORIGEN DEPARTAMENTAL

                              1. Impuestos

                                                  Vigente   Proyectado
                                                       -         -
Contribuc. Inmobiliaria Urbana.................    1.520.0   1.520.0
Contribución Inmobiliaria Rural................    7.200.0   7.200.0
Patente de Rodados.............................    3.200.0   6.300.0
Remates........................................   19.000.0  19.000.0
Baldíos........................................      195.0     195.0
Otros..........................................      146.0     116.0

                              2. Tasas

                                                  Vigente   Proyectado
                                                       -         -
Administrativa.................................     596.0     750.0
Alumbrado......................................   1.480.0   1.480.0
Control Higiene Ambiental......................   1.050.0   1.050.0
Bromatológica..................................   1.500.0   1.700.0
Otras..........................................     834.0   1.259.0
3. Precios.....................................     760.0   2.610.0
4. Resultado de la Actividad Comercial e
   Industrial..................................      20.0      50.0
5. Contribución por Mejoras....................   3.775.0   3.200.0
6. Recursos Extraordinarios....................   7.546.1   7.700.0
7. Multas......................................   1.250.0   4.000.0

                         B) DE ORIGEN NACIONAL

                                                  Vigente   Proyectado
                                                       -         -
Aportes de Impuestos..........................       73.2      73.2
Aporte Patronal...............................    3.081.8   4.046.0
Convenio M.T.O.P..............................    2.000.0   3.675.0
                                             -------------  -----------
Total.........................................   55.227.1  65.924.2

Artículo 2

   En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos,
deberán abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.

Artículo 3

   La asistencia para el pago de aportes patronales a la Dirección General
de la Seguridad Social, estará condicionada a una situación de
insuficiencia financiera en los términos dispuestos en el artículo 50 de
la ley 14.550, de 10 de agosto de 1976.

Artículo 4

   De acuerdo a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 5 del decreto
constitucional Nº 3 de 1º de setiembre de 1976, rigen para el personal
municipal las mismas normas sobre incompatibilidades, compensaciones,
contrataciones y acumulaciones de sueldos vigentes en lo nacional.

Artículo 5

   Permanecen en vigencia todas las disposiciones presupuestales no
mencionadas en la presente modificación.

Artículo 6

   Comuníquese, publíquese y vuelva a la Administración Municipal de
Florida.

ALVAREZ - VALENTIN ARISMENDI - YAMANDU TRINIDAD
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