Visto: las disposiciones que delegan al Poder Ejecutivo la fijación
de los límites dentro de los cuales podrán deducirse gastos en la
liquidación del Impuesto a las Rentas de Industria y Comercio.
Considerando: que deben adecuarse algunas de las normas reglamentarias
dictadas en ejercicio de dichas facultades a fin de lograr un tratamiento
más equitativo entre los contribuyentes del impuesto.
Atento: a lo expuesto.
El Presidente de la República,
DECRETA: