CLASE TECNICO:
La remuneración del personal comprendido dentro de esta clase, se
regulará en función de la estructura aprobada por las resoluciones del
Directorio de fechas 15/1/92, 13/1/93, 3/3/93, en concordancia con los
criterios emergentes del Convenio Salarial suscrito el 14 de marzo de 1991
y su prórroga.