Extiéndese el régimen de supresión de contralores notariales del pago de impuestos previsto en el artículo 170 de la Ley Nº 13.420 para las escrituras de compraventa de inmuebles celebradas o a celebrarse entre la Dirección Nacional de Vivienda y cualquiera de las sociedades mencionadas en el artículo 69 de la Ley Nº 14.057.