ATRIBUCION DE COMETIDO AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Y A LA SECRETARIA DE PLANEAMIENTO, COORDINACION Y DIFUSION, REFERENTES A PLANES DEL SECTOR VIVIENDA




Promulgación: 16/02/1977
Publicación: 28/02/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 313
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Corresponde a la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión:

a)   Definir el Plan Nacional de Desarrollo Urbano y de Vivienda dentro
     de las orientaciones generales enunciadas por el Poder Ejecutivo;

b)   La coordinación y evaluación de la Política Nacional de Desarrollo
     Urbano y de Vivienda;

c)   Evaluar la realización de cada plan anual, promoviendo eventuales
     modificaciones a los planes del sector;

d)   La coordinación de los organismo que actúan en el campo de la
     vivienda y lo que se relacione con ellos en materias atribuidas
     a otros Ministerios;

e)   La promoción, orientación y estímulo de las investigaciones
     tecnológicas, sociales y económicas vinculadas a vivienda y locación.
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