VISTO: la gestión promovida por el Comando General del Ejército, a los
efectos de la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del
Sistema de Apoyo Logístico del Ejército y la activación de los Servicios
de Transporte del Ejército y Sanitario del Ejército.-
CONSIDERANDO: I) que el Reglamento propuesto clasifica y ordena las
normas que regulan integralmente al Sistema en un conjunto de
disposiciones coherentes, permitiendo de ese modo el cumplimiento de la
misión.-
II) que el presente Reglamento de Organización y Funciones, se estructura
siguiendo los lineamientos establecidos en el Decreto 377/998 del 22 de
diciembre de 1998.-
III) que los Servicios de Transporte del Ejército y Sanitario del
Ejército fueron creados por los artículos 36 y 37 del Decreto-Ley 15.688
(Orgánico del Ejército) de 30 de noviembre de 1984 y que su activación no
genera nuevas erogaciones.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y al informe favorable del Comité
Ejecutivo para la Reforma del Estado, y de la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Apruébase el Reglamento de Organización y Funciones del Sistema de Apoyo Logístico del Ejército, como asimismo su Organigrama los cuales constan en el Anexo adjunto que forma parte del presente Decreto.- (*)
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 103/003 de
18/03/2003.
Ver:Texto.
Activase el Servicio de Transporte del Ejército, creado según lo
establecido en el artículo 36 del Decreto-Ley 15.688 (Orgánico del
Ejército) de 30 de noviembre de 1984, inicialmente con los medios
asignados a la actual Compañía de Transporte de la Brigada de Infantería
Nro. 5 y la Sección Tránsito del Batallón de Policía Militar, el que
funcionará bajo dependencia del Comando de Apoyo Logístico del
Ejército.-
Activase el Servicio Sanitario del Ejército, creado según lo establecido
en el articulo 37 del Decreto-Ley 15.688 (Orgánico del Ejército) de 30 de
noviembre de 1984, inicialmente con los medios asignados al actual
Departamento Sanitario del Estado Mayor del Ejército, el que funcionará
bajo dependencia del Comando de Apoyo Logístico del Ejército.-
El Reglamento que se aprueba por el presente Decreto, será complementado
por el Manual de Organización y Funciones que detallará las normas y
procedimientos que aseguren el cumplimiento de la misión, facultándose al
Comandante en Jefe del Ejército a la aprobación del mismo y de aquellas
modificaciones que sean necesarias para adecuar el funcionamiento en el
futuro.-