APROBACION DE DISPOSICIONES PARA LA IMPORTACION DE SEMILLAS POR PARTE DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA




Promulgación: 19/02/1976
Publicación: 26/02/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 565
Referencias a toda la norma

DE OBLIGACIONES DEL IMPORTADOR

Artículo 4

   Las firmas a las que se les conceden autorizaciones de importación
quedan obligadas, al momento del despacho, a entregar a la Dirección
General de Investigación Agropecuaria del Ministerio de Agricultura y
Pesca las cantidades imprescindibles que se determine en cada caso, para
la evaluación de su comportamiento.
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