DECLARACION DE VIGENCIA DE LAS ENMIENDAS 2 Y 3 DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LOS SERVICIOS DE NAVEGACION AEREA




Promulgación: 23/03/1982
Publicación: 30/03/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 677
   Visto: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea a los efectos
de que se declaren vigentes las Enmiendas 2 y 3 de los Procedimientos para
los Servicios de Navegación Aérea Reglamentos del Aire y Servicios de
Tránsito Aéreo (Undécima edición Pans-Rac, Doc.4444-Rac/501/11).

Resultando: I) Que por decreto 148/981, de 24 de marzo de 1981, se
declararon vigentes en el Derecho Interno los Procedimientos para los
Servicios de Navegación Aérea Reglamento del Aire y Servicios de Tránsito
Aéreo- Undécima edición;

II) Que el Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional
en la 5ª sesión de su 102 período de sesiones, celebrado el 4 de marzo de
1981, adoptó la Enmienda 2 de los Procedimientos para los Servicios de
Navegación Aérea -Reglamento del Aire y Servicios de Tránsito Aéreo
Undécima edición (Pans-Rac, Doc 4444 - Rac/501/11) y que en la 17 sesión
de su 102 período de sesiones, celebrado el 1º de abril de 1981, adoptó la
Enmienda 3 de los Procedimientos para los Servicios de Navegación Aérea -
Reglamento del Aire y Servicios de Tránsito Aéreo- Undécima edición (Pans-
Rac, Doc 4444 - Rac 501/11).

Considerando: I) Que las Enmiendas de los Procedimientos para los
Servicios de Navegación Aérea -Reglamento del Aire y Servicios de Tránsito
Aéreo- Undécima edición, en vista, no contienen disposiciones que
contraríen la legislación y el orden público internos y por tanto
corresponde declarar su vigencia en el derecho interno de conformidad con
el artículo 37 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, ratificado
por la ley 12.018 del 4 de diciembre de 1953;

II) Lo establecido por el artículo 72 de las Normas de Política
Aeronáutica aprobadas por el decreto 325/974 del 26 de abril de 1974 y lo
preceptuado por el Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

Atento: a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con
el asesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica,

                    El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Decláranse vigentes a partir del 26 de noviembre de 1981 las Enmiendas
2 y 3 de los Procedimientos para los Servicios de Navegación Aérea
-Reglamento del Aire y Servicios de Tránsito Aéreo-Undécima edición
(Pans-Rac, Doc 4444 - Rac/501/11). (*)

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma
en el Diario Oficial correspondiente.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea
para su conocimiento y para que disponga las comunicaciones del caso.

ALVAREZ - JUSTO M. ALONSO - ESTANISLAO VALDES OTERO
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