ADMINISTRACION GENERAL DE LAS USINAS ELECTRICAS Y DE LOS TELEFONOS DEL ESTADO (UTE). EXONERACION DE IMPUESTO. COMBUSTIBLES




Promulgación: 25/02/1969
Publicación: 04/03/1969

Resumen:

Exónerase de los gravámenes establecidos por la ley Nº 12.950, al
fuel-oil y al diesel-oil, que consuma la Administración General de las Usinas Eléctricas y de los Teléfonos del Estado (UTE), durante el período
1º de enero al 31 de diciembre de 1969.

Artículo 1



		
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