Visto: el decreto 158/990 de fecha 30 de marzo de 1990 por el cual
diversas actividades, orientadas a la exportación, se declararon de
interés nacional a los solos efectos del decreto ley 14.178 del 28 de
marzo de 1974
Resultando: dicho decreto exoneró, hasta el 31 de diciembre de 1990,
las importaciones de maquinarias, equipos industriales y repuestos destinados a tales actividades.
Considerando: que todavía no se han alcanzado las metas propuestas para
el desarrollo de la actividad industrial, en los ramos incentivados por el
decreto 158/990, procede por consiguiente prorrogar por un año las
exoneraciones otorgadas por el mismo.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Prorróganse hasta el 31 de diciembre de 1991 las exoneraciones
otorgadas por el decreto 158/990 de fecha 30 de marzo de 1990, para la
importación de maquinarias, equipos industriales y repuestos de las
actividades industriales que en dicho decreto se detallan.
LACALLE HERRERA - AUGUSTO MONTESDEOCA - JUAN ANDRES RAMIREZ - ENRIQUE
BRAGA SILVA