EXPLOTACION PUERTO DE SALTO




Promulgación: 04/04/2006
Publicación: 18/04/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 686
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Para asegurar la coordinación a que hace referencia el artículo 7º de la
ley 16.246, durante el primer trimestre de cada año, la Administración
Nacional de Puertos elevará al Poder Ejecutivo una memoria de gestión del
puerto, comprensiva de las actividades desarrolladas y de los datos
consolidados que reflejen el grado de cumplimiento de los objetivos
establecidos.
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