Visto: el Decreto 88/995, de 21 de febrero de 1995;
Considerando: I) la propuesta complementaria presentada por la
Dirección de Loterías y Quinielas, referente a los cargos y contratos de
función pública comprendidos en lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley
Nº 16.462, de 11 de enero de 1994;
II) que la misma responde a las exigencias preceptuadas en la referida
norma legal;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a los informes técnicos de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina Nacional del Servicio Civil
y Contaduría General de la Nación;
El Presidente de la República
DECRETA:
Modifícase el artículo 1º del Decreto 88/995 de 21 de febrero de 1995 en el sentido de incluir en el artículo 1º del mismo, en la Unidad Ejecutora 008 "Dirección de Loterías y Quinielas" el cargo de Jefe de Departamento de Bancas, Rifas y Juegos Similares.
Comuníquese a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina
Nacional del Servicio Civil, Contaduría General de la Nación y Dirección
de Loterías y Quinielas.