Visto: el Precio Mínimo de Exportación vigente para la importación de
refrigeradores eléctricos de tipo doméstico.
Considerando: que surge de los análisis realizados la conveniencia de
disponer la supresión del referido precio.
Atento: a lo expresado y a lo informado por la Comisión de Aplicación
creada por el artículo 14º del Decreto Nº 315/993 de 6 de julio de 1993.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Derógase el Decreto de 2 de febrero de 1994 que fija un Precio Mínimo
de Exportación para la importación de refrigeradores eléctricos de tipo
doméstico.