CAPITULO I - REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE CONCESION DE PATENTES DE
INVENCION
Artículo 11
Las observaciones a las solicitudes de patente deberán ser presentadas
dentro del plazo perentorio de 60 (sesenta) días a partir de la fecha de
publicación. Las mismas deberán ser acompañadas de la totalidad de los
elementos y recaudos probatorios que las fundamenten.