CAPITULO IV - REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE CONCESION DE PATENTES DE
DISEÑOS INDUSTRIALES
Artículo 29
La solicitud de patente de Diseño Industrial, deberá presentarse ante la
Dirección Nacional de la Propiedad Industrial de acuerdo al Artículo 92
de la Ley Nº 17.164 junto a una representación gráfica del diseño que se
solicita, mostrándolo desde distintas perspectivas, de forma tal que el
mismo quede adecuadamente descripto en todos sus aspectos.
En el caso de presentar una representación fotográfica del diseño, la
misma deberá cumplir con los requisitos establecidos en el inciso 1ero.,
pudiendo en caso contrario ser rechazada.