CAPITULO IV - REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE CONCESION DE PATENTES DE
DISEÑOS INDUSTRIALES
Artículo 30
Cuando una solicitud de diseño industrial no cumpla con lo dispuesto en
el Artículo 91 de la Ley Nº 17.164, se le aplicarán las previsiones
contenidas en el Art. 8 del presente decreto, en lo pertinente.