Reglamentario/a de: Ley Nº 17.164 de 02/09/1999.
CAPITULO VI - DISPOSICIONES GENERALES
El plazo de las vistas en los procedimientos regulados por la Ley Nº 17.164 será de 30 (treinta) días. La Dirección Nacional de la Propiedad Industrial podrá conceder prórroga a solicitud fundada del interesado de hasta 30 (treinta) días.