CAPITULO I - REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE CONCESION DE PATENTES DE
INVENCION
Artículo 4
La descripción contendrá los siguientes datos:
A) El nombre de la invención tal como fue redactado en la solicitud.
B) La indicación del sector de la técnica al que se refiera la
invención.
C) La indicación del estado de la técnica anterior a la fecha de
solicitud o de la prioridad en su caso, conocido por el solicitante y que
pueda ser útil para la comprensión de la invención y para la tarea de
examen de la solicitud, debiendo citarse los documentos conocidos que lo
divulguen.
D) Una explicación de la invención tal y como es caracterizada en las
reivindicaciones, que permita la comprensión del problema técnico
planteado, así como la solución dada al mismo, para un técnico con
conocimientos medios en la materia, indicando las diferencias de la
invención en relación con el estado de la técnica anterior.
E) Una breve descripción del contenido de los dibujos, si los hubiera.
F) Una exposición de la forma de llevar la invención a la práctica,
detallando el procedimiento, método de obtención, o de elaboración del
producto, en su caso.
Dicha exposición podrá ilustrarse con ejemplos y referencias a los
dibujos si los hubiera.
G) La indicación de la manera en que la invención puede explotarse
industrialmente, producirse o utilizarse, a no ser que ello resulte de
una manera evidente de la descripción o de la naturaleza de la
invención.
La descripción podrá ser presentada de una manera u orden diferente,
cuando debido a la naturaleza de la invención, ella permita una mejor
comprensión y una presentación más concisa.