VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 21 de febrero de 2005, que
aprueba la estructura de cargos de la Unidad Ejecutora 010 "Jefatura de
Policía de Flores", Programa 005 "Mantenimiento del Orden
Interno-Interior", Inciso 04, Ministerio del Interior.
RESULTANDO: Que los Servicios Técnicos del Ministerio del Interior
informan que: I) los funcionarios que tienen vocación al ascenso a los
cargos que se crean, estaban desempeñando las tareas inherentes a los
mismos desde el 1º de febrero de 2005 y percibiendo las respectivas
retribuciones; II) que esta situación no genera costo presupuestal; III)
que los ascensos no producen lesión de derechos funcionales; IV) que la
estructura que se aprueba, propicia la racionalidad de los puestos de
trabajo de la Unidad Ejecutora y propenden a su mejor funcionamiento.
CONSIDERANDO: I) Que el artículo 150 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de
1996, faculta al Inciso 04, Ministerio del Interior, a racionalizar el
Escalafón Policial.
II) Que para su oportuna implementación debe retrotraerse la fecha de su
entrada en vigencia al día 1º de febrero de 2005, en concordancia con lo
establecido en el artículo 53 de la Ley Nº 13.963 de 22 de mayo de 1971
(Ley Orgánica Policial).
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 7 de
la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
MODIFICASE el artículo 2º del Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 21 de
febrero de 2005, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"La estructura de cargos a que refiere el artículo precedente y la
correspondiente regularización tendrán vigencia a partir del día 1º de
febrero de 2005".
(*)Notas:
El Decreto Nº 63/005 de fecha 21 de febrero de 2005 no se publicó en el
Diario Oficial.
PUBLIQUESE, comuníquese al Departamento de Personal y de Contaduría
Central del Inciso 04 -Ministerio del Interior- y a la Jefatura de Policía
de Flores. Cumplido, archívese.-