APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 1990




Promulgación: 27/02/1991
Publicación: 17/10/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 8

   La prima por Hogar Consituido se liquidará de acuerdo a lo dispuesto en el art. 24 de la Ley No. 15.903 e 10 e Noviembre de 1987. Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituido se ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para el Salario Mínimo Nacional para la actividad privada. 
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