Reglamentario/a de: Ley Nº 16.747 de 24/05/1996.
CAPITULO I - DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Son nulas las ventas o permutas de ovinos atacados de piojera ovina, haya el vendedor conocido o ignorado la existencia de la ectoparasitosis (Art. 221 del Código Rural).Ayuda