EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MALDONADO




Promulgación: 07/04/2015
Publicación: 15/04/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) por la que se solicita la designación para ser expropiado, del inmueble empadronado con el N° 27.220 (parcial) ubicado en la 7ª Sección Catastral del departamento de Maldonado.

   RESULTANDO: I) que por Decreto No. 35/013 de 31 de enero de 2013 del Poder Ejecutivo, a solicitud de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.), se designó para ser expropiado con destino a la construcción de una Estación Reductora 60/15 kV, al inmueble empadronado con el N° 20.600 (parcial) ubicado en la 7ª Sección Catastral del departamento de Maldonado;

   II) que ulteriores modificaciones en el proyecto de conexión a la red de U.T.E. del Parque Eólico de la firma Agroland, han tornado necesario modificar el emplazamiento de la Estación Reductora mencionada.

   CONSIDERANDO: I) que atento a lo expresado, corresponde desafectar el inmueble empadronado con el número 20.600 (p) ubicado en la 7ª Sección Catastral del departamento de Maldonado, y en su defecto, la designación del padrón N° 27.220 (p) para ser expropiado a favor de U.T.E. a efectos de servir de emplazamiento a una Estación Reductora de 60/15 kV;

   II) que la Dirección Nacional de Catastro con fecha 11 de agosto de 2014 tasó la fracción a los efectos de su expropiación en $ 144.260 (ciento cuarenta y cuatro mil doscientos sesenta pesos uruguayos) equivalentes a U.I. 50.291 (cincuenta mil doscientos noventa y una Unidades Indexadas) con valor UI =2.8685 al 1 de setiembre de 2012.

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley N° 3.598 de 28 de marzo de 1912 y sus modificativas, Decretos - Leyes N° 14.694 del 1 de setiembre de 1977 y 15.031 de 4 de julio de 1980.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Déjase sin efecto la designación para expropiar el padrón N° 20.600 (p) ubicado en la 7ª Sección Catastral del departamento de Maldonado según Decreto N° 35/013 de 31 de enero de 2013.

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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