Modifícase el artículo 89 del Decreto No. 27/1996 de 6 de febrero de
1996, con las modificaciones introducidas por el Decreto No. 197/97 de 11
de junio de 1997, el que quedará redactado de la siguiente forma: (*)
(*)Notas:
Ver:Texto.
Ver en esta norma, artículo:6 (vigencia).