El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el Presupuesto Operativo, de Recursos, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay correspondiente al Ejercicio 2026;
CONSIDERANDO: I) que el Poder Ejecutivo, por Decreto N° 333/025, de 30 de diciembre de 2025, publicado en el Diario Oficial N° 31.844, de 26 de enero de 2026, aprobó dicho presupuesto;
II) que en dicha norma se padeció de error en el importe fijado para la compensación por coordinación de semana móvil en el artículo 17 del Decreto N° 333/025, de 30 de diciembre de 2025;
III) que corresponde efectuar las correcciones correspondientes;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 333/025 de 30/12/2025
artículo 17.