COMERCIO EXTERIOR. EXONERACION DE DERECHOS ADUANEROS




Promulgación: 31/12/1973
Publicación: 10/01/1974

Resumen:

Exonérase a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, durante el período del 1º de enero al 31 de diciembre de 1974, del gravamen establecido por el artículo 173 de la Ley Nº 13.637 para las importaciones de toda clase de mercaderías, artículos, productos y bienes.

Artículo 1

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº 616/974 de 
01/08/1974 artículo 1.


		
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