FIJACION DE PARTIDAS POR GASTOS DE ETIQUETA DE FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR. MARZO 1984




Promulgación: 20/03/1984
Publicación: 04/04/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 484
Visto: el decreto del Poder Ejecutivo de fecha 18 de abril de 1980.

Resultando: que el literal A del artículo 71 de la ley 14.985, de 28 de
diciembre de 1979 establece que los gastos de etiqueta para Jefes de Misión o para quienes desempeñan temporariamente esa función variarán entre N$ 2,25 y N$ 0,75 mensuales, hasta un monto total anual de N$ 1.000 los que deben ser liquidados con los beneficios establecidos en el artículo 63 de la ley 12.801, de 30 de noviembre de 1960.

Considerando: I) Que el artículo 12 del decreto del Poder Ejecutivo de
fecha 18 de abril de 1980 no prevé en la escala de asignaciones
trimestrales para gastos de etiqueta el Jefe de Misión Diplomática
Permanente y quien desempeñe temporariamente esa función en la República
de Gabón;

II) Que en consecuencia es necesario proceder a la inclusión de la
Embajada de la República en la República de Gabón asignándole una
partida trimestral de N$ 4,25,

                       El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

  Amplíase el alcance del artículo 1º del decreto del Poder Ejecutivo de
fecha 18 de abril de 1980 referente a los asignaciones trimestrales para
gastos de etiqueta a que tendrá derecho el Jefe de Misión Permanente y
quien desempeñe temporariamente esa función en la República de Gabón con
una asignación trimestral de N$ 4,25, 
Referencias al artículo

ALVAREZ - CARLOS A. MAESO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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