VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones
que se comprobaron en el planillado anexo a la Ley N° 17.930, de 19 de
diciembre de 2005.
RESULTANDO: que se constató error al registrar el crédito correspondiente
al Objeto de Gasto 521.002 "Fondo Forestal; artículo 45 de la Ley N°
16.002, artículo 43 de la Ley N° 17.453", habiéndose asignado, en el
planillado anexo a la mencionada Ley de Presupuesto, el crédito en el
Objeto del Gasto 251 "Arrendamientos de Inmuebles Contratados dentro del
País".
CONSIDERANDO: que es necesario efectuar las correcciones del referido
error.
ATENTO: a lo informado por la Contaduría General de la Nación, la
aprobación de la Asamblea General, y a lo dispuesto por el artículo 4° de
la Ley N° 17.930, de 19 de diciembre de 2005.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase el planillado anexo a la Ley N° 17.930, de 19 de diciembre de
2005, los créditos asignados al Inciso 07 "Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca", Programa 008 "Programa Forestal", Unidad Ejecutora
008 "Dirección General Forestal", para los años 2006 a 2009, en la
Financiación 1.1 "Rentas Generales" según el siguiente detalle:
OBJETO 2006 2007 2008 2009
251.000 -22:935.459 -1:200.000 -1:200.000 -1:200.000
521.002 22:935.459 1:200.000 1:200.000 1:200.000