Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el decreto del Poder Ejecutivo 776/985, del 12 de diciembre de 1985 por el que se fijaron retribuciones mínimas, categorías y demás condiciones laborales para el Grupo N° 32 "Industria del Vidrio".
Resultando: que al procederse a la instrumentación del referido decreto, trasladando al mismo el acuerdo de los sectores directamente interesados y las directivas del Poder Ejecutivo, se incurrió en errores que no reflejan fielmente el acuerdo de partes ni esas directivas.
Considerando: que por las razones expuestas en el resultando debe procederse a efectuar las necesarias correcciones en el texto del citado decreto.
Atento: a los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el
decreto-ley 14.791 de 8 de junio de 1978 y el decreto reglamentario 371/978 de 30 de junio de 1978.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 776/985 de 12/12/1985
artículo 1 resultando III) numerales 3º) y 6º).
SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RICARDO ZERBINO CAVAJANI