MINISTERIO DE HACIENDA. IMPUESTO INTERNO DE CONSUMO. EXONERACION DEL LIBRO DE STOCK




Promulgación: 23/02/1967
Publicación: 09/03/1967

Resumen:

Establécese que las Empresas responsables del pago del Impuesto Interno de Consumo establecido en los artículos 304 y 305 de la Ley N° 12.804, podrán prescindir de llevar el Libro de Stock, siempre que posean una contabilidad en forma y correcta.


		
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