EMISION DE BONOS DEL TESORO. BONOS GLOBALES EN PESOS REAJUSTABLES, 3RA. SERIE




Promulgación: 27/03/2007
Publicación: 25/04/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 520

Artículo 5

 El rescate de los Bonos se realizará en la modalidad dispuesta en artículo 1° del presente Decreto y serán pagaderos en dólares de los Estados Unidos de América, cuya cantidad surgirá de la conversión a esa moneda de los pesos uruguayos reajustados de acuerdo a la variación en ese período del valor de la Unidad Indexada.
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