REGLAMENTACION DE LA LEY 19.133 RELATIVO AL FOMENTO DEL EMPLEO JUVENIL




Promulgación: 27/04/2015
Publicación: 06/05/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.133 Derogada/o de 20/09/2013.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO IV
PRIMERA EXPERIENCIA LABORAL EN EL ESTADO Y EN PERSONAS PÚBLICAS NO
ESTATALES

Artículo 31

   (Del mecanismo de contratación) Los organismos que acuerden contratos de Primera Experiencia Laboral emplearán a los jóvenes en tareas de apoyo. Los jóvenes postulantes se seleccionarán mediante mecanismos abiertos y públicos y las contrataciones se celebrarán de acuerdo a las condiciones establecidas en los artículos 12°, 13° y 14° de la presente reglamentación.
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