REGLAMENTACION DE LA LEY 19.133 RELATIVO AL FOMENTO DEL EMPLEO JUVENIL




Promulgación: 27/04/2015
Publicación: 06/05/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.133 Derogada/o de 20/09/2013.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO II
MODALIDADES CONTRACTUALES EN EL SECTOR PRIVADO
SECCIÓN PRIMERA: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 4

   (Organismos competentes para su promoción) El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay, el Instituto Nacional de la Juventud, la Administración Nacional de Educación Pública, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional, la Universidad de la República y la Universidad Tecnológica del Uruguay deberán promover la inserción laboral de jóvenes en empresas privadas mediante las modalidades contractuales establecidas en la presente ley. Las disposiciones del presente Capítulo no serán aplicables a las personas públicas no estatales ni a las empresas que tengan participación estatal.
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