REGLAMENTACION DE LA LEY 19.133 RELATIVO AL FOMENTO DEL EMPLEO JUVENIL




Promulgación: 27/04/2015
Publicación: 06/05/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.133 Derogada/o de 20/09/2013.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO II
MODALIDADES CONTRACTUALES EN EL SECTOR PRIVADO
SECCIÓN PRIMERA: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 6

   (Registro de Jóvenes) Los jóvenes interesados en participar de cualquiera de las modalidades contractuales establecidas en la ley de empleo juvenil deberán registrarse en la Dirección Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
   Los Organismos públicos o privados que dispongan de registros de jóvenes para su utilización con fines de promoción del empleo decente juvenil deberán informar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a efectos de la inclusión de dichas bases de datos en el registro de la Dirección Nacional de Empleo.
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