REGLAMENTACION DE LA LEY 19.175 RELATIVO A LA DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS
No podrán construirse embarcaciones de pesca ni efectuar modificaciones a las existentes sin la previa autorización de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos en los aspectos que refieren a su competencia.