REGLAMENTACION DE LA LEY 19.175 RELATIVO A LA DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS
Las concesiones y autorizaciones de acuicultura permitirán a sus titulares llevar a cabo aquellas actividades para las cuales han sido otorgadas, debiendo las mismas ser desarrolladas en forma armónica con otras que puedan realizarse en el área de la respectiva concesión o autorización, tales como la pesca artesanal o el turismo. Ante la concurrencia de actividades, todas deberán ejecutarse preservando la ordenación, el desarrollo sostenible y el aprovechamiento responsable de los recursos pesqueros. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 269/018 de 27/08/2018 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 115/018 de 24/04/2018 artículo 93.