Cuando se trate de la redistribución de un funcionario dentro de la
Administración Central, la resolución deberá suscribirse por los
Ministerios involucrados tratándose de la redistribución desde un Ente o
Servicio Descentralizado a la Administración Central se suscribirá con los
Ministerios comunicantes.
En las situaciones señaladas, siempre deberá contarse con el refrendo del
Ministerio de Economía y Finanzas.