El Organismo de origen notificará al funcionario redistribuido el acto de
incorporación dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de
dictado, librando la respectiva constancia.
Asimismo, lo comunicará simultáneamente al organismo de destino, la
Oficina Nacional del Servicio Civil, la Contaduría General de la Nación o
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en su caso. (*)