Reglamentario/a de: Ley Nº 15.851 de 24/12/1986 artículos 8 , 9 , 10 , 11 , 12 , 13 , 14 , 15 , 16 , 17 , 18 , 19 , 20 , 21 , 22 , 23 , 24 y 25 .
La Oficina de origen del funcionario redistribuido dispondrá de un plazo de 30 días corridos a partir de la fecha del acto de incorporación, a los efectos de remitir los antecedentes y legajos personales a la repartición de destino.