PRECIO POR PROTECCION AL VUELO Y POR USO DE INSTALACIONES Y SERVICIOS DE NAVEGACION AEREA




Promulgación: 17/03/1992
Publicación: 02/06/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Los precios aeroportuarios establecidos en el artículo anterior,
comenzarán a regir 90 días después de la publicación del presente decreto,
a excepción de la Tabla 8.  
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