CREACION DEL SISTEMA DE INFORMACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 30/04/2014
Publicación: 09/05/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 660

Artículo 5

 Los principios de cooperación e integralidad, finalidad, confianza y
seguridad, eficiencia y eficacia, que establecen el inciso primero del
artículo 159 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, y el artículo
4° del Decreto N° 178/013 de 11 de junio de 2013, son aplicables a la
comunicación de información al Sistema de Información de la Seguridad
Social, así como las obligaciones de las entidades públicas previstas en
el artículo 157 de la citada Ley.
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