Visto: La propuesta elevada por la Comisión Interministerial creada por
el Poder Ejecutivo con fecha 12 de marzo de 1985 y ampliada en su
integración y cometidos por decreto de 3 de setiembre de 1985, para la
creación de la Escuela Penitenciaria.
Resultando: que la mencionada Comisión tiene entre sus cometidos la
creación y organización de la Escuela de Capacitación Penitenciaria,
destinada a impartir enseñanza profesional especializada a los actuales
funcionarios de la Dirección Nacional de Institutos Penales, así como a
aquellos que ingresen en el futuro, dando cumplimiento a lo establecido
en el artículo 70 del decreto ley 14.470.
Considerando: I) Que en cumplimiento de sus fines la Comisión
Interministerial organizó un curso intensivo de capacitación para
funcionarios superiores de la Dirección Nacional de Institutos Penales,
realizado exitosamente entre el 4 de noviembre y el 15 de diciembre de
1985, y solicitó la asistencia técnica y financiera del ILANUD para la
realización de cursos extensivos periódicos para el resto del personal
penitenciario en 1986 ya organizados en escuela;
II) Que es necesario institucionalizar y organizar la Escuela de
Capacitación Penitenciaria, a los fines precitados.
Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 70
del decreto-ley 14.470,
El Presidente de la República
DECRETA:
CAPITULO I - NATURALEZA JURIDICA OBJETO Y COMETIDOS
Artículo 1
Créase la Escuela de Capacitación Penitenciaria que se regirá por el
presente decreto.