De los profesores. Los profesores se encargarán del dictado de la
materia para la que han sido designados, de la dirección de los trabajos,
escritos y prácticos y de la integración de los tribunales examinadores,
todo ello conforme a los planes de estudio, programas y reglamentos
internos. Será obligatoria la reunión periódica de los profesores de cada
curso para evaluar su marcha y resultados y podrán proponer al Director
las modificaciones que estimen pertinentes en lo relativo a planes,
programas y técnicas pedagógicas.