CREACION DE LA ESCUELA DE CAPACITACION PENITENCIARIA




Promulgación: 25/02/1986
Publicación: 19/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 575

CAPITULO II - ESTRUCTURA ORGANICA

Artículo 10

   De los profesores. Los profesores se encargarán del dictado de la
materia para la que han sido designados, de la dirección de los trabajos,
escritos y prácticos y de la integración de los tribunales examinadores,
todo ello conforme a los planes de estudio, programas y reglamentos
internos. Será obligatoria la reunión periódica de los profesores de cada
curso para evaluar su marcha y resultados y podrán proponer al Director
las modificaciones que estimen pertinentes en lo relativo a planes,
programas y técnicas pedagógicas.
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